INVESTIGACIÓN DOCUMENTAL ELEMENTOS, FUNCIONES Y ORGANISMOS DEL
ESTADO.
ORGANISMO
EJECUTIVO
¿Cómo se conforma?
Presidencia de Guatemala
Funciones generales del gobierno Proyectos e importantes programas
en ejecución
Trabajo que desempeña
Las funciones del Presidente de la República de Guatemala, se
encuentran establecidas en el Art. 183 de la Constitución Política de la
República de Guatemala, son las siguientes: a) Cumplir y hacer cumplir la
Constitución y las leyes. b) Proveer a la defensa y seguridad de la Nación, así
como a la conservación del orden público.
c) Ejercer el mando de las Fuerzas Armadas de Guatemala con todas
las funciones y atribuciones respectivas. d) Ejercer el mando de toda la Fuerza
Pública.
e) Sancionar, promulgar, ejecutar y hacer que se ejecuten las
leyes.
f) Dictar las disposiciones que sean necesarias en los casos de
emergencia grave o de calamidad pública, debiendo dar cuenta al Congreso en sus
sesiones inmediatas. g) Presentar Proyectos de Ley al Congreso de la República.
h) Ejercer el derecho de veto con respecto a las leyes emitidas
por el Congreso, salvo los casos en que no sea necesaria la sanción del
Ejecutivo de conformidad con la Constitución.
i) Presentar anualmente al Congreso de la República, al iniciarse
su período de sesiones, informe escrito sobre la situación general de la
República y de los negocios de su administración realizados durante el año
anterior.
j) Someter anualmente al Congreso, para su aprobación con no menos
de ciento veinte días de anticipación a la fecha en que principiará el
ejercicio fiscal, por medio del Ministerio de Finanzas Públicas, el proyecto de
presupuesto que contenga en detalle los ingresos y egresos del Estado. Si el
Congreso no estuviere reunido deberá celebrar sesiones extraordinarias para
conocer del proyecto.
k) Someter a la consideración del Congreso para su aprobación, y
antes de su ratificación, los tratados y convenios de carácter internacional y
los contratos y concesiones sobre servicios públicos.
l) Convocar al Organismo Legislativo a sesiones extraordinarias
cuando los intereses de la República lo demanden.
m) Coordinar a través del
Consejo de Ministros la política de desarrollo de la Nación. n) Presidir el
Consejo de Ministros y ejercer la función de superior jerárquico de los
funcionarios y empleados del Organismo Ejecutivo.
ñ) Mantener la integridad
territorial y la dignidad de la Nación.
o) Dirigir la política exterior y las relaciones internacionales,
celebrar, ratificar y denunciar tratados y convenios de conformidad con la
Constitución.
p) Recibir a los representantes diplomáticos, así como expedir y
retirar el exequátur a las patentes de los cónsules.
q) Administrar la hacienda pública con arreglo a la Ley.
r) Exonerar de multas y recargos a los contribuyentes que hubieren
incurrido en ellas por no cubrir los impuestos dentro de los términos legales
por actos u omisiones en el orden administrativo.
s) Nombrar y remover a los ministros de Estado, viceministros,
secretarios y subsecretarios de la presidencia, embajadores y demás
funcionarios que le corresponda conforme a la Ley.
t) Conceder jubilaciones, pensiones y montepíos de conformidad con
la Ley.
u) Conceder condecoraciones a guatemaltecos y extranjeros.
v) Dentro do los quince días siguientes de concluido, informar al
Congreso de la República sobre el propósito de cualquier viaje que hubiere
realizado fuera del territorio nacional y acerca de los resultados del mismo.
w) Someter cada cuatro meses al Congreso de la República por medio
del Ministerio respectivo un informe analítico de la ejecución presupuestaria,
para su conocimiento y control.
x) Todas las demás funciones que le asigne esta Constitución o la
Ley.
ORGANISMO LEGISLATIVO
¿Cómo se conforma?
Congreso Nacional de Guatemala
Junta Directiva, Diputados
Constitución Política
Comisiones Parlamentarias
Trabajo que desempeñan
Para el cumplimiento de sus funciones, el Congreso de la
República, integrara comisiones ordinarias, extraordinarias y específicas. Las
comisiones constituyen órganos técnicos de estudio y conocimiento de los
diversos asuntos que les someta a consideración el Congreso de la República o
que promuevan por su propia iniciativa.
Para su funcionamiento, las comisiones tendrán irrestricto apoyo
de la Junta Directiva del Congreso y podrán requerir la presencia v la
colaboración de funcionarios, representantes o técnicos de cualquier
institución pública o privada. Solicitarán el personal adecuado para los
trabajados correspondientes, así como el nombramiento de asesores y todo
elemento material que necesiten.
Para el apoyo de las comisiones, se crea la Comisión de Apoyo
Técnico, la cual estará integrada por un Diputado, de cada uno de los partidos
políticos representados en el Congreso de la República, de preferencia con
conocimientos en administración de asesoría técnica.
Para el apoyo de las comisiones de trabajo del Congreso, se
establece la Unidad permanente de Asesoría Técnica, que dependerá de la
Comisión de Apoyo Técnico. La Unidad Permanente de Asesoría Técnica, cuando le
sea solicitado por la Comisión de Apoyo Técnico del Congreso, o la Presidencia
de las comisiones de trabajo, por conducto de esta tendrá las siguientes
funciones y atribuciones.
a) Elaborar provectos de ley, dictámenes, estudios e
investigaciones.
b) Emitir opinión Sobre leyes o disposiciones legales.
c) Proporcionar orientación científica y técnica a las comisiones
de trabajo del Congreso, para consolidar la producción normativa del Congreso
de la República.
La Comisión de Apoyo Técnico del Congreso, regulará lo relativo a la
integración y funcionamiento de la Unidad Permanente de Asesoría Técnica, tiene
facultad para gestionar convenios para la prestación de asesorías por conducto
de la Unidad Permanente. Los convenios celebrados, en todo caso, deberán ser
suscritos por el Presidente del Congreso o por quien lo sustituya.
ORGANISMO JUDICIAL
¿Cómo se conforma?
Conforme lo establece la Constitución Política de la República de
Guatemala, el Organismo Judicial es el encargado de impartir justicia, con
independencia y potestad de juzgar. Asimismo, la Ley del Organismo Judicial
cita que en ejercicio de la soberanía delegada por el pueblo, imparte justicia
en concordancia con el texto constitucional.
Trabajo que desempeña
Institucionalmente la Corte Suprema de Justicia es el más alto
tribunal de justicia y el órgano colegiado de gobierno del Organismo Judicial.
En consecuencia, sus funciones abarcan lo propiamente jurisdiccional y lo
administrativo; sin embargo, la Ley del Organismo Judicial en su Artículo 52
establece que la función jurisdiccional corresponde a la Corte Suprema de
Justicia y a los demás tribunales, y las funciones administrativas del
Organismo Judicial corresponden a la Presidencia de dicho Organismo y a las
direcciones y dependencias administrativas subordinadas a la misma. El
Presidente de la Corte Suprema de Justicia preside también el Organismo
Judicial.
La Constitución Política de la República y la Ley del Organismo
Judicial establecen dentro de las funciones administrativas de la Corte Suprema
de Justicia, como órgano superior de la administración del Organismo Judicial,
entre otras, las siguientes:
1. Formular el presupuesto del ramo (Art. 213 de la Constitución);
2. Nombrar a los jueces, secretarios y personal auxiliar (Art. 209
de la Constitución);
3. Emitir las normas que le corresponda en materia de sus
funciones jurisdiccionales, así como en relación al desarrollo de las
actividades que le confiere la Constitución y la Ley del Organismo Judicial;
(Art. 54 Literal F, de la Ley del Organismo Judicial);
4. Asignar la competencia de los tribunales; 5. Establecer tasas y
tarifas de los servicios administrativos que se presten (Art. 54 Literal N de
la Ley del Organismo Judicial); y
6. Ejercer la iniciativa
de ley (Art. 54, Literal J, de la Ley del Organismo Judicial).